Ciudad de Panamá, 5 de mayo 2026. Dejar propina en un restaurante sigue siendo, por ley, una decisión del cliente. La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró que ningún establecimiento puede exigir este pago, incluso si aparece incluido en la cuenta.
El principio está respaldado por la Ley 45 de 2007, modificada por la Ley 34 de 2016, que establece que toda información de precios debe ser clara y transparente. En la práctica, esto significa que una propina sugerida —aunque figure en la factura— no obliga al consumidor a pagarla.
Según explicó Jaime Guzmán, jefe de investigación de la entidad, no existe una regulación sobre el porcentaje de gratificación. Algunos comercios sugieren entre 10% y 30%, pero la referencia más común se mantiene en el 10%. “El agente económico puede sugerir la propina, pero su pago no es obligatorio”, subrayó.
La autoridad también alertó sobre un patrón recurrente en las quejas: facturas que no desglosan con claridad el consumo y la propina sugerida, lo que puede inducir a error o presión indebida sobre el cliente.
El mensaje oficial es directo: el monto de la propina depende exclusivamente de la experiencia del consumidor —la calidad del servicio, la atención recibida y su nivel de satisfacción— y no de una imposición del comercio.
Para quienes enfrenten cobros indebidos o prácticas poco transparentes, la Acodeco recomienda presentar denuncias a través del sistema 311 de Atención Ciudadana o en su portal web, idealmente acompañadas de una fotografía de la factura como evidencia.