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Ciudad de Panamá, 21 de septiembre 2026. El país se prepara para cambiar las reglas de un mercado turístico que durante años creció más rápido que su regulación. El proyecto de ley 31-26 propone aplicar un 15% de ITBMS a los hospedajes de corta estancia ofrecidos en viviendas, apartamentos y habitaciones, incluidos los comercializados mediante plataformas digitales.
La iniciativa, presentada ante la Asamblea Nacional el 14 de septiembre, busca incorporar a esta actividad dentro de un sistema formal de registro, tributación y fiscalización.
Para la Asociación Panameña de Hoteles, el impuesto es apenas una parte de una discusión mucho más amplia. Víctor Concepción, representante del gremio, sostuvo que ese 15% “no llega ni cerca” de las cargas que enfrenta un hotel formal, entre ellas seguridad social, impuestos y otras obligaciones asociadas a su operación.
Desde esa perspectiva, el objetivo no sería simplemente cobrar un nuevo tributo a los alquileres turísticos, sino reducir una diferencia regulatoria que ha permitido que dos modelos de alojamiento compitan bajo condiciones distintas.
El proyecto también introduce un elemento que podría resultar más trascendente que la propia tasa: el registro obligatorio. La intención es identificar los establecimientos que ofrecen hospedaje de corta duración, quién es responsable de ellos y bajo qué condiciones operan.
La propuesta contempla además una Ventanilla Única Turística y abre la puerta a que las juntas directivas de los PH tengan visibilidad sobre las unidades utilizadas para alquileres de corta estancia. Para la hotelería, se trata de llevar al mercado informal parte de la trazabilidad que ya existe en los establecimientos turísticos registrados.
La dimensión fiscal, entretanto, será significativa. La ATP estima que en Panamá existen unas 13,000 unidades ofrecidas mediante Airbnb, frente a unas 25,000 habitaciones hoteleras tradicionales.
El proyecto plantea que las propias plataformas puedan actuar como agentes de recaudación, cobrando el 15% durante la transacción y entregándolo posteriormente al Estado. Pero el mecanismo todavía requerirá reglamentación, especialmente en materia de registro, fiscalización, responsabilidades de propietarios y plataformas y coordinación entre la ATP, el MEF y los municipios.
El desafío más delicado estará en los PH y en la frontera entre vivienda y actividad comercial. El hecho de pagar el impuesto no convertiría automáticamente una unidad en un alojamiento autorizado. Panamá todavía debe resolver cómo convivirán las restricciones existentes sobre alquileres de corta duración con el nuevo régimen tributario.
La discusión, por tanto, no es solamente cuánto pagará Airbnb al Estado, sino quién podrá operar, dónde, bajo qué permiso y quién responderá ante un visitante cuando algo salga mal.
El proyecto forma parte de una reforma turística más amplia que incluye incentivos para nuevas inversiones, beneficios para proyectos en el Caribe panameño, mecanismos de fiscalización y una Ventanilla Única Turística.
La pregunta decisiva será si Panamá consigue construir un mercado en el que hoteles y alojamientos de corta estancia puedan competir con reglas comparables, sin cerrar la puerta a una modalidad que amplía la oferta turística.
El verdadero cambio no estará en ese 15%: estará en pasar de un mercado difícil de ver para el Estado a uno que pueda ser identificado, regulado y responsabilizado.
